21 noviembre 2009

El Pacto de Toledo opta por ampliar a 20 años el cálculo de las pensiones

www.eleconomista.es
Maite Vázquez del Río
8:50 - 21/11/2009

La medida, que será consensuada por todos los grupos, supondrá un recorte del 4% de la prestación. Trabajo remitirá en las próximas semanas el borrador del texto que será aprobado en 2010
Tras siete años analizando estudios, y haber escuchado a expertos y agentes implicados para renovar el Pacto de Toledo que garantice la sostenibilidad del sistema público de la Seguridad Social, el Grupo Socialista ha optado, según confirmaron a elEconomista fuentes de la Comisión parlamentaria, a ampliar el cálculo de la pensión a 20 años y no a toda la vida laboral como barajaban hasta principios de este mismo año.
Esta ampliación será gradual y en más de una legislatura, explicó Isabel López i Chamosa, portavoz socialista de la Comisión del Pacto de Toledo, quien también confirmó que el Ministerio de Trabajo enviará en las próximas semanas el borrador sobre el que la Comisión comenzará a trabajar para que la renovación esté aprobada en 2010.
Una de las principales recomendaciones del Pacto de Toledo, firmado en 1995 y renovado en 2002, era hacer más contributivo el sistema. Esta meta ha suscitado todo tipo de posibilidades, que iban en la misma dirección: ampliar el cómputo de años cotizados para fijar la pensión.
Sin embargo, todos los estudios elaborados concluían que la prestación quedaría mermada en más del 20 por ciento en comparación con su valor actual. Para no penalizar tanto a la pensión, la decisión se iría adoptando de forma paulatina a lo largo del tiempo partiendo de los 15 años actuales.
En los cajones del Ministerio de Trabajo había un estudio, conocido hace dos años, en el que se concluía que ampliando este cómputo de los 15 años actuales a los 20, la pérdida de la cuantía de la pensión sería del 4 por ciento. Ahora es el periodo de 20 años el que, con toda probabilidad, figurará en el borrador que enviará Trabajo a la Comisión no permanente del Pacto de Toledo.
Cabe recordar que hace dos años, en la presentación de la "Muestra continua de vidas laborales", una de las responsables de la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social, Almudena Guzmán, se refirió, por primera vez a la ampliación en cinco años del cómputo. Guzmán aseguró que a una "cuarta parte de los trabajadores les vendría bien ampliar los años de referencia", dado que cotizan por las bases más bajas y se beneficiarían de la pensión mínima. Sin embargo, prácticamente las tres cuartas partes de los trabajadores se verían perjudicados al cotizar por bases medias-altas. No obstante, el colectivo más afectado sería el de los trabajadores autónomos, que perderían un 5,9 por ciento de su pensión de ampliarse el periodo de cómputo. Es por este motivo, por el que la pasada semana el presidente de ATA (Asociación de Trabajadores Autónomos), Lorenzo Amor, dijo ante los diputados de la Comisión del Pacto de Toledo que "cabría contemplar" que, mientras se aumentan progresivamente los años para el cálculo de la pensión, "cupiese la posibilidad de seleccionar durante esa transición las mejores etapas de cotización y las menores para establecer equidad entre los cotizantes en su pensión resultante".
Esta idea, seleccionar por ejemplo los 15 mejores años y los peores 5 años de la vida laboral, parece que satisface tanto al actual Gobierno como a la mayoría de los grupos parlamentarios. Por ello, se buscará el consenso entre esta fórmula o la de que se tome como referencia los últimos 20 años cotizados.
Una de las razones que ha hecho cambiar la opción de ampliar a toda la vida laboral es el cambio que se está produciendo en el mercado laboral. Los trabajadores con más edad están siendo expulsados antes de cumplir los 65 años. Los expedientes de regulación de empleo (ERE) o programas de bajas incentivadas se dirigen a personas con más de 50 años para realizar los ajustes de plantilla. Con ello, se penalizaría doblemente a estos trabajadores, al tener que adelantar su edad de jubilación y ampliar el periodo de cómputo.
Como recordaba recientemente el portavoz del PP en la comisión, Tomás Burgos, lo que se decida debe ser "equilibrado", ya que se trata de no perjudicar a quienes se incorporan al mercado de trabajo y empiezan a cotizar ni a quienes están a punto de jubilarse.
Otras novedades que incorporará se refiere a la pensión de viudedad. Cada vez se escucha con más fuerza que dicha prestación no sea vitalicia y que llegue sólo a las personas con recursos escasos.
El Gobierno aprueba el desempleo 'interruptus' para los autónomos.
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José María Triper
9:00 - 21/11/2009
Las asociaciones del sector coinciden en que la prestación se queda a medias.
Acertada pero insuficiente. Así definen las asociaciones representativas de los trabajadores autónomos la prestación por desempleo aprobada ayer por el Gobierno para este colectivo, que da respuesta a una reivindicación histórica de los autoempleados pero que en su redacción actual se considera "corta" y "mejorable".
El anteproyecto de ley que regula la prestación que podrán percibir los trabajadores autónomos por cese involuntario de su actividad diseña un modelo mixto, entre voluntario y obligatorio, que obliga a los autónomos que quieran percibir el paro a cotizar al mismo tiempo por accidentes laborales y enfermedades profesionales, contingencia ésta que ahora es voluntaria salvo en el caso de los trabajadores autónomos económicamente dependientes (Trade).
El anteproyecto, que ha sido remitido al Consejo Económico y Social (CES) para su informe, establece que la prestación por cese de actividad de los autónomos no será menor de 583,38 euros mensuales y no superará los 1.383,9 euros. Su cuantía, durante todo el periodo de disfrute, será equivalente al 70 por ciento de la base por la que el autónomo venía cotizando durante los doce meses anteriores al cese de su actividad.
La duración será de entre dos y seis meses, en función del periodo cotizado, y de hasta nueve en el caso de los mayores de 60 años. Los tramos establecidos fijan que los autónomos que hayan cotizado de 12 a 17 meses tendrán derecho a dos meses de paro; los que hayan cotizado entre 18 y 23 meses cobrarán tres meses; cuatro meses para los de 24 a 29 meses de cotización; cinco para los de 30 a 35 meses y los de 36 meses o más de cotización cobrarán el máximo de seis meses. La duración de la prestación estará en función de los periodos de cotización efectuados dentro de los 36 meses anteriores a la situación legal de cese de actividad, de los que al menos 12 meses deben ser continuados e inmediatamente anteriores al momento del desempleo.
Teniendo en cuenta que en los primeros 12 meses no existe gasto en prestación, se ha establecido un tipo de cotización del 1,5 por ciento de la base, con una reducción del 0,5 por ciento en la cotización por incapacidad temporal, por lo que el trabajador cotizará efectivamente para el primer año sobre un 1 por ciento, que sobre la base mínima de 833,40 euros apunta a una cotización mínima de 12,5 euros mensuales, sin aplicar la reducción de 0,5 por ciento, y de 8,33 euros con la reducción. El tipo de cotización se fijará anualmente en los Presupuestos Generales del Estado.
"El modelo es adecuado pero se trata de una prestación corta", afirma Lorenzo Amor, presidente de la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA), quien propone aumentar el tipo de cotización desde un 2 por ciento de la base el primer año hasta el 4 por ciento en el quinto para permitir ampliar el período de prestación desde un mínimo de tres meses a un máximo de doce.
Con el mismo objetivo pero desde distintos planteamientos el secretario general de la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA), Sebastián Reyna, admite que "el período de disfrute de la prestación puede resultar escaso", pero estima que "en estos momentos no debería aumentarse la cotización prevista por las circunstancias económicas". Por ello, UPTA considera que la Ley "debería mandatar al Gobierno a revisar estos períodos en el plazo máximo a dos años, si las condiciones lo permiten". UPTA propondrá también en el trámite parlamentario que se cree un Fondo para la Reorientación Profesional de los autónomos demandantes de empleo.